Saludos apreciados lectores,
Aqui comparto con ustedes un nuevo blog que habla sobre el Dilema de la Ley Dominical Nacional Hoy en dia
Oro porque reciban la verdad presente para este tiempo.
"¿Osa alguno de vosotros, teniendo algo contra otro, ir a juicio delante de los injustos, y no delante de los santos? Por cierto es ya una falta en vosotros que tengáis pleitos entre vosotros mismos. ¿Por qué no sufrís más bien el agravio? ¿Por qué no sufrís más bien el ser defraudados? ¿No sabéis que los injustos no heredarán el reino de Dios? No os engañéis." 1 Cor 6:1-9
sábado, 11 de abril de 2015
sábado, 14 de marzo de 2015
Contestacion a Preguntas de un Pastor Adventista
Buenas mis amados lectores,
En el siguiente audio escucharan una traduccion de un correo electronico que recibimos por parte de un Pastor Adventista, en relacion a la Iglesia Adventista y sus demandas civiles contra otros grupos Adventistas.
Estas son preguntas que muchos Adventistas nos han hecho cuando les presentamos las evidencias de estas demandas, y son respuestas que todo Cristiano debe conocer muy bien, si su deseo es seguir al Cristo Biblico y nuestro Salvador.
Hacer click AQUI para escuchar.
Cuando hagan click, podran esuchar la traduccion en audio. Gracias.
Yahweh les bendiga,
jueves, 8 de enero de 2015
TU DON MARAVILLOSO DE SALVACION
Apreciados amigos,
Aqui les comparto un tema de Libertad y Victoria en Cristo Jesus. El Evangelio y la Vida Cristiana segun Cristo, y la fe Adventista Pura y Biblica.
Espero les sea de gran bendicion para sus vidas. Este mensaje es para aquellos que sean sinceros de corazon y permiten que la Palabra de Dios sea una realidad practica en sus vidas.
Aqui les comparto un tema de Libertad y Victoria en Cristo Jesus. El Evangelio y la Vida Cristiana segun Cristo, y la fe Adventista Pura y Biblica.
Espero les sea de gran bendicion para sus vidas. Este mensaje es para aquellos que sean sinceros de corazon y permiten que la Palabra de Dios sea una realidad practica en sus vidas.
martes, 16 de septiembre de 2014
LO QUE TODO ADVENTISTA DEBE SABER SOBRE 1988 (VIDEO)
Los videos de su interes estan al lado derecho de este blog, justo al frente,
Nota: Para profundizar mas sobre los eventos mencionados en el Video, despues de haberlo visto por completo, les interesara leer el Libro "LA REFORMA MODERNA"
Gracias,
Yahweh les bendiga ricamente.
.
hacer click en "Play".
Que el Todopoderoso les illumine!
Los videos son traducciones al Español de estudios en Ingles, tienen texto y audio.
Nota: Para profundizar mas sobre los eventos mencionados en el Video, despues de haberlo visto por completo, les interesara leer el Libro "LA REFORMA MODERNA"
Gracias,
Yahweh les bendiga ricamente.
.
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domingo, 29 de junio de 2014
¿PROBARA UNA LEY DOMINICAL AL PUEBLO ADVENTISTA DE LOS EE.UU?
Actualmente parece haber movimientos dominicales en el mundo, a nivel internacional, pero muchos Adventistas parecen olvidar que la Imagen de la Bestia se formaria primero en Estados Unidos, antes del cierre de la gracia, cuya marca de autoridad tambien se enforzaria primero en los Estados Unidos, para despues implementarse a nivel internacional.
La Imagen de la Bestia tambien es el agente mas activo de Apocalipsis Cap 13 (en comparacion a la Bestia) que engana terriblemente a todos.
La Marca de la Imagen tiene tres caracteristicas principales, que los Adventistas parecen olvidar:
1) Seria hecha por petición de una Iglesia que una vez fue fiel pero que ha apostatado [Great Controversy, p. 443-444]
2) Seria formada en conjunto con el gobierno de los E.U, y desde ESE país se explayaría a otros países del mundo para convertirse en un evento global. [Christian Service, page 160]
3) Esa ley constituiría una gran prueba para los guardadores de los mandamientos, particularmente el cuarto mandamiento que trata con el Sabbath. [Last Day Events, page 225]
Lo que muchos Adventistas desconocen es que la Iglesia Adventista del Septimo dia de EE.UU fue uno de los varios grupos religiosos que apoyo activamente en 1993 la aprobacion de la legislacion federal RFRA. Es decir, el Acta de Restauracion de Libertad Religiosa.
Esto se debe al hecho de que los Adventistas del Septimo dia de la Iglesia Official han estado activamente y exitosamente oponiendose a cualquier amenaza legislativa dominical en los Estados Unidos por bastante tiempo y actualmente en otras partes del mundo donde residen. Click aqui para ver ejemplo
En que consiste el Edicto de Restauracion de Libertad Religiosa de 1993?
Esta ley RFRA de 1993 es una ley federal de los Estados Unidos destinada a impedir la creacion y el uso de legislaciones gubernamentales que sustancialmente agobien el libre ejercicio de la religion de una persona.
El edicto declara que "el gobierno no agobiara sustancialmente el libre ejercicio de la religion de un individuo, aunque el abogio resulte de la aplicabilidad general de una norma." Aunque una ley sea considerada "neutral" con respecto al campo religioso, puede por su aplicacion entrar en conflicto con los deberes u observancias religiosas de ciertos grupos e individuos.
Por lo tanto, los Adventistas del Septimo dia, como ciudadanos y trabajadores Americanos, estan ahora protejidos por la ley federal RFRA, con respecto a la adoracion Sabatica pues le impide al gobierno de los Estados Unidos el hacer exigencias a los trabajadores Adventistas de trabajar en dia Sabado, si estos Adventistas recurren a la ley RFRA como proteccion.
La legislacion RFRA, y por lo tanto, la Clausula Constitucional de Libre Exercicio parece proteger mas los deberes religiosos de los miembros ASD "oficiales" del entrometimiento gubernamental en asuntos de conciencia, que entre casos civiles entre particulares.
Pues hoy, la ley federal de Restauracion de Libertad Religiosa en EE.UU no puede utilizarse en demandas entre particulares, en las que el gobierno no es el iniciador de las demandas ni la parte demandada.
Para mas informacion sobre el RFRA en asuntos de fe Adventista, le interesara conocer el siguiente blog: What is the RFRA? Why should Adventist and US Citizens Care?
ESTUVO ELENA WHITE EQUIVOCADA CON RESPECTO A LA IMAGEN DE LA BESTIA?
No. Los principios que ella menciono para ayudarnos a identificar la Imagen de la Bestia son inmutables, pero el dizfraz si ha cambiado debido a la naturaleza condicional que existen en las promesas Divinas, cuando estas dependen directamente de las acciones humanas que individuos, iglesias y pueblos deciden tomar.
Para mas informacion sobre la Imagen de la Bestia, y los principios que la Biblia y el Espiritu de Profecia especifican sobre ella y su marca, leed los siguientes estudios con oracion, mente abierta y actitud humilde.
La Imagen de la Bestia tambien es el agente mas activo de Apocalipsis Cap 13 (en comparacion a la Bestia) que engana terriblemente a todos.
La Marca de la Imagen tiene tres caracteristicas principales, que los Adventistas parecen olvidar:
1) Seria hecha por petición de una Iglesia que una vez fue fiel pero que ha apostatado [Great Controversy, p. 443-444]
2) Seria formada en conjunto con el gobierno de los E.U, y desde ESE país se explayaría a otros países del mundo para convertirse en un evento global. [Christian Service, page 160]
3) Esa ley constituiría una gran prueba para los guardadores de los mandamientos, particularmente el cuarto mandamiento que trata con el Sabbath. [Last Day Events, page 225]
Lo que muchos Adventistas desconocen es que la Iglesia Adventista del Septimo dia de EE.UU fue uno de los varios grupos religiosos que apoyo activamente en 1993 la aprobacion de la legislacion federal RFRA. Es decir, el Acta de Restauracion de Libertad Religiosa.
Esto se debe al hecho de que los Adventistas del Septimo dia de la Iglesia Official han estado activamente y exitosamente oponiendose a cualquier amenaza legislativa dominical en los Estados Unidos por bastante tiempo y actualmente en otras partes del mundo donde residen. Click aqui para ver ejemplo
En que consiste el Edicto de Restauracion de Libertad Religiosa de 1993?
Esta ley RFRA de 1993 es una ley federal de los Estados Unidos destinada a impedir la creacion y el uso de legislaciones gubernamentales que sustancialmente agobien el libre ejercicio de la religion de una persona.
El edicto declara que "el gobierno no agobiara sustancialmente el libre ejercicio de la religion de un individuo, aunque el abogio resulte de la aplicabilidad general de una norma." Aunque una ley sea considerada "neutral" con respecto al campo religioso, puede por su aplicacion entrar en conflicto con los deberes u observancias religiosas de ciertos grupos e individuos.
Por lo tanto, los Adventistas del Septimo dia, como ciudadanos y trabajadores Americanos, estan ahora protejidos por la ley federal RFRA, con respecto a la adoracion Sabatica pues le impide al gobierno de los Estados Unidos el hacer exigencias a los trabajadores Adventistas de trabajar en dia Sabado, si estos Adventistas recurren a la ley RFRA como proteccion.
La legislacion RFRA, y por lo tanto, la Clausula Constitucional de Libre Exercicio parece proteger mas los deberes religiosos de los miembros ASD "oficiales" del entrometimiento gubernamental en asuntos de conciencia, que entre casos civiles entre particulares.
Pues hoy, la ley federal de Restauracion de Libertad Religiosa en EE.UU no puede utilizarse en demandas entre particulares, en las que el gobierno no es el iniciador de las demandas ni la parte demandada.
Para mas informacion sobre el RFRA en asuntos de fe Adventista, le interesara conocer el siguiente blog: What is the RFRA? Why should Adventist and US Citizens Care?
ESTUVO ELENA WHITE EQUIVOCADA CON RESPECTO A LA IMAGEN DE LA BESTIA?
No. Los principios que ella menciono para ayudarnos a identificar la Imagen de la Bestia son inmutables, pero el dizfraz si ha cambiado debido a la naturaleza condicional que existen en las promesas Divinas, cuando estas dependen directamente de las acciones humanas que individuos, iglesias y pueblos deciden tomar.
Para mas informacion sobre la Imagen de la Bestia, y los principios que la Biblia y el Espiritu de Profecia especifican sobre ella y su marca, leed los siguientes estudios con oracion, mente abierta y actitud humilde.
Para mas informacion sobre el Dilema de la Ley Dominical haz click AQUI
sábado, 28 de junio de 2014
LA LEY RFRA EN POCAS PALABRAS
La ley RFRA no da "luz verde" para hacer caso omiso a la ley
debido a razones religiosas; más bien,
establece el principio de protejer tanto como sea posible la conciencia o deberes religiosos de
un individuo. Por lo tanto, se le requiere a las cortes el
considerar tres factores a la hora de resolver disputas legales :
1) Si se tiene una creencia religiosa sincera
2) Si existe un interés gubernamental apremiante en
predominar sobre esa creencia.
3) Si se están utilizando los medios menos restrictivo
para cumplir con ese interés.
Sin embargo, esta ley no se puede aplicar consistentemente en casos o demandas iniciadas por particulares, sean individuos o corporaciones contra otros particulares. Solo defienden a los ciudadanos del entrometimiento del gobierno en asuntos de conciencia o creencias religiosas, pero no de parte privadas, como individuos u corporaciones.
viernes, 30 de mayo de 2014
CAMINATA ATRAVEZ DE AMERICA PROMOVIENDO UN NUEVO NACIMIENTO DE LIBERTAD
Fuente: Noticia de Independent Appeal (extraido de Youtube video)
McGill ha sido animado por la acogida que ha recibido hasta ahora.
Fuente: Periodico "Independent Appeal"
Miércoles
11 de septiembre 2013
Por Jeff Whiteen
Jefe redactor de noticias,
El Pastor
Walter McGill de la Iglesia "Creation Seventh Day Adventist" (Adventista del Séptimo
día de la Creación) de Guys está planeando en a travesar el país a pie el
próximo año .
McGill ha
estado trazando la ruta en un auto de seguridad durante los últimos ocho meses,
y actualmente está tomando un breve descanso en Selmer . Al vivir en el coche de
seguridad durante este tiempo le ha tocado vivir y ser testigo directo de lo
que las personas sin hogar enfrentan diariamente.
"Mientras
me alojaba en albergues y comía en los comedores de beneficencia , puedo
empatizar con la forma en que estas preciosas almas son tratadas, y que a menudo
no es nada bonito", dijo McGill.
En unas
pocas semanas McGill reanudará su viaje a Kill Devil Hills (Matar Colinas del Diablo), Carolina del Norte , donde la agotadora
caminata de ocho meses comenzará en
marzo. Kill Devil Hills esta cerca de Kitty Hawk , donde los hermanos Wright
volaron por primera vez en avión.
La caminata
terminará en Santa Monica , California, 3.000 millas de distancia aprox.
McGill y
los otros caminantes irán por la carretera U.S
64 a Nuevo México y luego por la histórica Ruta 66 hasta la costa del
Pacífico. La Ruta 66 también se conoce como la Carretera Rogers Will, la calle
principal de América o la Ruta Madre, la cual se estableció en la década de los
1920, una de las carreteras más antiguas y famosas del país.
El
propósito de la caminata, de acuerdo con su página de Facebook, es el de promover
un "nuevo nacimiento de libertad e integridad, una restauración de la
autoestima, los valores familiares, la libertad de conciencia, y una vida
victoriosa mientras se honren los principios universales de las leyes físicas,
mentales y espirituales de Dios."
El lema de
la caminata es "Deja que tu luz brille ...mientras Caminas la Caminata".McGill ha sido animado por la acogida que ha recibido hasta ahora.
"La experiencia ha sido muy
alentadora. Cuando me encuentro con gente en las calles , con las autoridades
municipales, miembros de las diversas cámaras de comercio, con pastores, etc,
hay un gran entusiasmo con respuestas como : "¡Esto es lo que necesitamos!"
Creo que realmente se enfocan en "caminar (practicar) lo que
hablamos." Todo el mundo parece acordar en que los Estados Unidos ha
estado dirigiéndose hacia la dirección equivocada, y es hora de un cambio para lo
mejor. Tengo la esperanza de que la gente de iglesia se unan conmigo a lo largo
de la ruta para caminar a través de sus respectivas ciudades. En base a lo que
se ha planeado en Tulsa, área de Oklahoma, tendremos un gran evento allí. Estoy
esperando por lo mismo en Chattanooga y Memphis, Tennessee", dijo McGill.
McGill es
un miembro fundador de la Iglesia ASDC y fue encarcelado el año pasado por
violar una orden judicial obtenida por la Conferencia Nacional de ASD, prohibiéndole
el uso del nombre Adventista del Séptimo Día y otros términos . McGill y su
congregación creen que la orden viola su Libertad de Religión.
McGill , quien
tendrá 68 años al inicio de la caminata, se ha desempeñado como director de
proyectos de ayuda humanitaria y sanitaria en Uganda, que está en la parte este
de África .
Actualmente,
otras nueve personas se han comprometido a unirse a McGill durante al menos parte
de la caminata. Debido a su edad, McGill estuvo reacio a asumir este proyecto
en un principio. "Cuando Dios se acerco a mí con este proyecto la primera vez, lo rechacé
con la excusa de que era demasiado viejo para una empresa tan desalentadora.
Dios no me dejaba en paz, me despertó tres noches seguidas para razonar
conmigo. A la tercera noche, me sometí al llamado divino. Mi resolución fue
esta-- sobreviví asaltos de gánster en la cárcel del condado de San Bernardino
en el 2012, por lo que confiare en Dios para hacerme fuerte donde soy débil. Esto
no es sobre mí de todos modos, sino sobre "un nuevo nacimiento de libertad
e integridad"
Since McGill does not have financial sponsorship, his wife
will be driving the pace car, and they will be living out or it and camping
along the route. He hopes to be able to afford a cheap motel one day a week. He
will rest on Fridays, preparing for the worship on Saturdays, which is the
Sabbath for Seventh day Adventists.
Ya que
McGill no tiene patrocinio financiero, su esposa manejara el auto de seguridad,
e irán viviendo y acampando a lo largo de la ruta. El espera poder pagar un
motel barato un día por semana. Él descansara los viernes, en preparación para
el Sábado, que es el día de reposo para los Adventistas del Séptimo día.
La empresa
de calzado TEVA ha donado dos pares de zapatos de alta calidad. "Mis pies
necesitan el mejor tratamiento posible, y realmente aprecio esta donación",
dijo McGill. McGill necesitara sólo cuatro o seis pares más para completar la
caminata.
La demanda
de Marca Comercial iniciada por la Conferencia Nacional de los Adventistas del
Séptimo Día no ha terminado. La sentencia de cárcel de 30 días que McGill
sirvio en el 2012 era una sanción civil para obligarlo a cumplir con las
demandas de la iglesia demandante y la orden judicial federal. "Es muy
posible que la iglesia demandante me cite de nuevo a la corte e interrumpa la
caminata porque no he cumplido con sus demandas, y se reunirán firmas a lo largo
del camino para la Petición de Libertad
de Conciencia (ver: www.LibertyPetition.com). Puedo ser encarcelado nuevamente
por no haber cumplido, es decir, por no remover el cartel (nombre) de la
iglesia de Guys y sus páginas web, o no haber pagado nada de los $ 107,000 US dólares
a la iglesia demandante por los honorarios de sus abogados," dijo McGill.
Fuente: Periodico "Independent Appeal"
miércoles, 21 de mayo de 2014
LEYES DE LIBERTAD RELIGIOSA EN NORTEAMERICA
La Primera Enmienda
"El Congreso no deberá hacer ninguna ley con respecto a un establecimiento de religión, ni prohibirá el libre ejercicio de la misma; ni recortara la libertad de expresión, o de la prensa, o el derecho de agrupación pacifica de las personas y de peticionar al gobierno por el desecho de agravios." La Primera Enmienda, en lo que se llama la Clausula de Establecimiento, garantiza la separación de la religión del estado y mediante la Clausula de Libre Ejercicio le prohíbe al gobierno interferir con el derecho de las personas al culto religioso según su escogencia. En conjunto, estos principios protegen nuestra libertad de practicar o no, una o ninguna religión.
La Clausula de Establecimiento
Cuando se adopto la Primera Enmienda, la mayoría de las 13 colonias originales aun tenían iglesias oficialmente "establecidas." En la mayor parte de la Nueva Inglaterra la Iglesia Congregacional estaba establecida, y en el Sur se "estableció" la Anglicana. Contando con el poder y respaldo del gobierno, estas denominaciones perseguían a menudo a miembros de diferentes religiones minoritarias. A los bautistas, cuáqueros, judíos y otros se les negaba el derecho de ejercer un cargo público y se les requería el pago de impuestos para sostener a la iglesia establecida.
Cuando se forjo la Constitución, muchos de sus forjadores habían llegado a creer fuertemente en el "des establecimiento." Por ejemplo, Tomas Jefferson escribió sobre la necesidad "de un muro separador entre la iglesia y el estado," y en 1785 James Madison escribió en su "Memorial y Amonestación que el estado no ayuda a la religión mas que para hacerle daño. En 1791, cuando se adopto la Declaración de los Derechos Civiles, este punto de vista estuvo reflejado.
Más de un siglo y medio más tarde, en 1971, la Corte Suprema, en su decisión de Lemon v. Kurtzman planteo una prueba de tres partes para determinar si una ley o política gubernamental ha brechado el muro entre la iglesia y el estado. La prueba Lemon , que aun se emplea en los juzgados actualmente pide (1) si la acción del gobierno tiene algún propósito religioso, (2) si el efecto primario de la acción del gobierno es la de avanzar o respaldar la religión; y (3) si la acción del gobierno genera un "enredamiento" excesivo con la religión. Si la respuesta a alguno de estos interrogantes es "si", entonces la ley o la política está violando la Clausula de Establecimiento.
La Clausula de Libre Ejercicio
Las raíces de la Clausula de Libre Ejercicio datan atrás a la historia temprana colonial. Roger Williams, quien huyo de la persecución religiosa en Inglaterra y en 1644 fundó Rhode Island como un santuario para las minorías religiosas, dijo que era un mandamiento de Dios que a todos los hombres se les otorgara "permiso de los cultos y conciencias mas paganos, judíos, turcos o anticristianos" en todas las Naciones y Países.
A pesar de este sentimiento, la intolerancia ha amenazado ocasionalmente la libertad de culto de las minorías religiosas. Debido a esto, a partir de 1940 La Corte Suprema ha entregado una serie de decisiones que conforma un fuerte de protección para la libertad religiosa. En 1940, la Corte sostuvo el derecho de los Testigos de Jehová a hacer proselitismo en una esquina de la calle (Cantwell v. Connecticut ), En 1943, la Corte fallo que los niños de los Testigos de Jehová no podían ser obligados a saludar la bandera en las escuelas públicas (West Virginia v. Barnette), En 1963, la Corte sostuvo que a un Adventista del Séptimo Día no se le podía negar seguro de desempleo debido a que ella rehusó trabajar en los días sábados (Sherbert v. Verner), Y en 1972, la Corte reverso la condena de un padre Amish que rehusaba enviar a sus hijos a la escuela mas allá del octavo grado (Wisconsin v. Yoder).
Sin embargo, no toda práctica religiosa está protegida, aun cuando la libertad de credo sea absoluta. Para determinar si un rito religioso en particular está amparado por la Clausula de Libre Ejercicio, la Corte Suprema desarrollo una prueba: La persona o grupo debe demostrar que: (1) el ritual está motivado por una "creencia religiosa sincera" y (2) que el Estado ha impuesto una recarga sustancial a dicha práctica. Si estos dos criterios confluyen, el gobierno debe acomodar la práctica religiosa a menos que el gobierno pueda demostrar que un "interés compele" a restringir la práctica y que el restringirla es la forma más leve posible de (los "medios menos restrictivos posibles") servir a dicho interés.
En 1990, La Corte Suprema cambio la prueba, socavando el derecho a la libertad de religión. En Employment División v. Smith , la Corte sostuvo la negación de beneficios de desempleo a dos miembros de la Iglesia Nativa Americana que habían sido despedidos de sus trabajos por fumar peyote un alucino génico que ha sido parte integral de las prácticas religiosas nativo americanas durante siglos. Este fallo elimino el requisito de que el gobierno pruebe que ha habido un "interés que compele" a restringir una práctica religiosa. El gobierno ahora solamente tenía que demostrar que, al restringir una práctica no estaba señalando a una religión en particular por tratamiento discriminatorio. El raciocinio de la Corte fue que el peyote le era prohibido a todos y que los nativo americanos no estaban siendo singularizados; por consiguiente, no tenían un reclamo de libre ejercicio.
Una coalición amplia de organizaciones de libertades civiles y religiosas (incluyendo la Iglesia Adventista) se conjugaron rápidamente para exigir que el Congreso reparara el daño a la libertad de religión causado por la decisión Smith. En respuesta, el Congreso paso el Acta de Restauración de Libertad Religiosa (Religious Freedom Restoration Act - RFRA) en 1993, que restauro el anterior sentido de que debe haber un "interés gubernamental que compele" para imponer cualquier y toda restricción en el libre ejercicio de una religión.
sábado, 8 de junio de 2013
Mas Que un Nombre -- Articulo de Adventist Review
Recientemente el caso de Walter
McGill ha recibido algo de exposición pública
en la prensa. McGill cree que tiene derecho a utilizar el nombre Adventista del
Séptimo día, a pesar de que él y su grupo no forman parte de la organización. El
cree, además, que la iglesia hace mal en proteger su nombre del uso que otras
personas, que no pertenecen a ella y que tienen puntos de vista diferentes a
los de la iglesia oficial, hagan de él.
COMMENT: Refuto la acusación de que "McGill cree que tiene
derecho a utilizar el
nombre Adventista
del Séptimo día". Dios ordenó mi uso del nombre "Creation
Seventh
Day Adventist” que es "otro nombre" (ver Isaías 65:15). El Tribunal de Justicia ha
confirmado que nuestro nombre no ha sido una suplantación de la Iglesia Adventista del
Séptimo día. Nunca hemos "permutado en la reputación" de la denominación ASD mayor.
Day Adventist” que es "otro nombre" (ver Isaías 65:15). El Tribunal de Justicia ha
confirmado que nuestro nombre no ha sido una suplantación de la Iglesia Adventista del
Séptimo día. Nunca hemos "permutado en la reputación" de la denominación ASD mayor.
Es por eso que el nombre y el logo
de la Iglesia Adventista del Séptimo día están protegidos por la registración de marcas comerciales (trademark). Esta acción
le pide a las personas que no forman parte de esta organización a que no utilicen
el nombre o el logotipo de la iglesia. ¿Por qué tenemos que proteger el nombre
de la iglesia?
COMMENT:
¿Parece
el logo identificarse con el de la Iglesia Adventista del Séptimo Día?
¡Nunca!
Lo que Significa
El mundo de los negocios paga mucha atención al nombre
de una empresa y su marca. Envuelto en ese nombre está la identidad y la
reputación de la organización. Por el nombre o la marca el público reconoce
instantáneamente la calidad de un producto y la cantidad de confianza que puede
depositar en ese negocio. La palabra
Apple, por ejemplo, cuenta la historia de una empresa de informática en una sola palabra. Esta no tolerara que otras
empresas de informática utilicen el nombre de Apple para algún otro producto de
calidad o reputación desconocida.
COMMENT: El autor hace referencia a los ideales del
"mundo de los negocios," expresando "los asuntos del Padre"
en terminología de marcas comerciales. Esta forma de administración es
abominable a la Corte Celestial, casando la Iglesia con el mundo.
Tanto más importante es la identidad y la reputación
que la Iglesia transmite a los que viven en nuestras comunidades, tanto a nivel
local como mundial. Cuando la gente oye el nombre Adventista del Séptimo Día,
queremos que tengan una imagen positiva de la organización representada por ese
nombre. Queremos que la gente piense de nuestro ministerio sanador mundial en nuestros
hospitales y clínicas. Queremos que la gente reconozca los Adventistas como
estudiantes de la Biblia que son fieles a las Escrituras. Y, por supuesto,
queremos que la gente asocie nuestro nombre con el hecho de que guardamos el
séptimo día de la semana como el día santo de Dios, o el Sábado; y que creemos
en la segunda venida, el pronto regreso de Jesús.
Quizás más que cualquier otra cosa, cuando la gente
oye el nombre Adventista del Séptimo día, esperamos que piensen de buenos
vecinos --- de gente amable, ayudadora y amante que sean un activo o recurso
favorable a sus comunidades.
COMMENT: Debo suponer por lo que el autor
está abogando en los párrafos anteriores que
el nombre "Adventista del Séptimo Día" no debe reflejar la reputación
de una iglesia que emplea
al Estado para lidiar con los percibidos herejes o fanáticos no Adventistas.
Sin duda, es antitético
para la Iglesia ASD demandar a otros adventistas guardadores de los mandamientos en el sistema judicial mundano para, luego, obligarlos a pagar
sanciones legales,
incluyendo multas y encarcelamientos.
Se observa que el autor no menciono
nada sobre el cultivar una reputación de abogacía o defensa por la libertad religiosa. Por supuesto, cuando
la denominación requiere la restricción de la libertad de la práctica religiosa
de otros y aboga por una aplicación
limitada de la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa (RFRA), no puede sostener
una reputación honesta de libertad religiosa.
Elena de White escribió del nombre de nuestra iglesia, "El nombre Adventista del Séptimo día lleva los verdaderos rasgos de nuestra fe al frente, y convencerá a la mente inquisitiva."
COMMENT: Elena de White escribió sobre el nombre de una fe, no de una marca comercial
que ha de protegerse por magistrados civiles.
1) "La fe Adventista del Séptimo día bendecirá cada vez que se relacione con la edificación del caracter." {Battle Creek Letter 52.6}
2) "No presente, en todas las ocasiones, las pruebas más contundentes que conozca, porque esto despertaría la sospecha de que usted está simplemente tratando de convertir sus oyentes a la fe Adventista del Séptimo día." {Evangelism 540.1}
3) "Ellos
entendieron, aceptaron y comunicaron la redención que habían recibido plena y libremente, y que claramente experimentaron, a
través de Jesucristo -. MS 27, 1894, pp 2-4.
(Para "Los queridos hermanos en la fe Adventista del Séptimo
Día", junio 7
de 1894.) Publicado en enero 30 de 1958. {2 Manuscript Releases 7.3}
4) "Me mantengo firme en la fe Adventista, porque he sido advertida en cuanto a los sofismas engañosos que buscarán su ingreso en medio de nosotros como pueblo."{Review and Herald, 26 de enero 1905 par. 19}
4) "Me mantengo firme en la fe Adventista, porque he sido advertida en cuanto a los sofismas engañosos que buscarán su ingreso en medio de nosotros como pueblo."{Review and Herald, 26 de enero 1905 par. 19}
Aunque la Sra. White escribe
acerca de la "Iglesia Adventista del Séptimo Día" y de "las
iglesias Adventistas del Séptimo
día," ella no se refiere ni da a entender nada parecido a la moderna
"adoración de la imagen corporativa" defendida por la actual
denominación ASD.
El nombre de la religión antedata a la formación legal de la iglesia,
como fue averiguado por la Honorable Juez Mariana Pfaelzer.
"La Corte considera, por lo
tanto, que el Adventismo del Séptimo día, la religión, preexistió
a la Iglesia Adventista del Séptimo día". --- General Conference
Corporation of Seventh-day Adventists v. Seventh-day Adventist
Kinship, International, Inc., CV 87-8113 PRP, Judge Mariana Pfaelzer’s ruling
(decision), October 3,
1991, filed October 7, 1991, U.S. District Court, Central District of California, p. 13.
Obviamente, "Adventista del Séptimo día" es el nombre de una
persona que se adhiere al "Adventismo del Séptimo día", la religión.
"El Adventismo del 7mo Día de la Creación" es una religión generada del
Adventismo del Séptimo día puro, y sus seguidores se llaman "Adventistas
del 7mo día de la Creación." No hay nada complicado ni confuso sobre esto.
"Dios ha de ser reconocido y honrado por el pueblo que se hace llamar Adventistas del Séptimo día."
COMMENT:
Si
esta verdad del Espíritu de Profecía fuese "reconocida y honrada" por
la administración de la Asociación General, ellos no restringirían el uso del
nombre. En lugar de negarle a otros Adventistas observadores de los
mandamientos su uso, ellos buscarían hacer de este nombre, un "nombre familiar
" --- "reconocido y honrado" entre la sociedad en
general.
"[Nosotros] debemos cuidarnos. . . contra lo que
trajese una mancha sobre el nombre de los Adventistas del Séptimo día, y
destruya la confianza del pueblo en el mensaje de la verdad que deben dar al
mundo. "
COMMENT: ¿Cuál fue el
método que Elena de White apoyó en cuanto a cuidarse " contra lo que
trajese una mancha sobre el nombre de los Adventistas del Séptimo día? ¿Fue el
empleo del "fuerte brazo del gobierno civil?" No, nunca lo fue! Lea
los testimonios en su contexto.
Se me mostró que no debemos dar ningún estímulo a estas manifestaciones [de fanatismo], sino que debemos proteger a la gente mediante un decidido testimonio contra aquello que pudiese traer una mancha sobre el nombre de los Adventistas del Séptimo día, y destruir la confianza del pueblo en el mensaje de la verdad, que tiene que darse al mundo. {3 Message Selected 378.3}
La gente, no el nombre, debía ser protegida
"con un decidido testimonio." Este método no tiene relación con la
iniciación de acciones civiles y protección de marcas comerciales como se
aplican actualmente por los administradores de la presente denominación ASD.
¡Qué mala aplicación del consejo inspirado!
¿Por qué es Importante?
Hace unos años atrás, un grupo quería usar el nombre
Adventista del Séptimo día, a pesar de que no eran miembros. La práctica del
grupo era colocar carteles acusatorios y negativos contra los miembros de otra
denominación. Los carteles transmitían un mensaje explícito de que los
patrocinadores de los carteles "eran odiosos extremistas". ¿Te
gustaría que el público asuma que esta era la posición de la Iglesia Adventista
del Séptimo Día?
COMMENT:
Este
fue el caso de la Iglesia del Evangelio Eterno, fundada por creyentes Adventistas
del Séptimo día. La Iglesia Católica
Romana no estuvo inclinada a entablar una demanda contra esos creyentes, pero
los administradores de la Conferencia General lo hicieron. La demanda ganada
por la Conferencia General no detuvo la proliferación de vallas publicitarias
desagradables. Era obvio que
"creyentes Adventistas del Séptimo día" eran la fuente de los mensajes
públicos. El nombre de los Adventistas del Séptimo día no fue ni guardado ni
protegido por la iniciación y el litigio de la demanda civil contra el Pastor
Rafael Pérez y su congregación. Cientos de miles de dólares del sagrado diezmo
fueron gastados en el litigio a cambio de nada. Los culpables
no escaparán del justo juicio de Dios.
En 1993, cuando David Koresh y su grupo en Waco,
Texas, hicieron titulares, los medios de comunicación lo relacionaron en primer momento con la Iglesia Adventista
del Séptimo día. Después de todo, Koresh había sido un miembro de la iglesia, y
varios de sus seguidores habían sido Adventistas. Pero la iglesia rápidamente
se desvinculó de Koresh, sus extrañas enseñanzas acerca de los eventos de los
últimos días, y sus prácticas inmorales retorcidas. Si no hubiéramos
protestado, el público podría haber llegado fácilmente a la conclusión de que
eso era en lo que la Iglesia Adventista consistía.
COMMENT:
La
denominación ASD gasto un cuarto de millón de dólares con consultores de medios
de comunicación para desligarse de la Ramificación de Adventistas del Séptimo día
Davidianos liderados por David Koresh.
Esta también fue una apropiación indebida y uso indebido del diezmo sagrado. En
lugar de iniciar una demanda civil en este caso, la administración de la
denominación llamó al FBI y otras autoridades para exterminar la falsa religión
. Un sacerdote católico vocal declaro a los medios de comunicación lo que este
fiasco consistió, en "la persecución de una iglesia."
En mis conversaciones ocasionales con Musulmanes, ellos intentan asegurarme de que no todos son terroristas. Y por supuesto que les creo, la mayoría de los musulmanes no son terroristas. Pero también me pregunto por qué no hacen más por desvincularse de los terroristas y protestan contra sus filosofías y prácticas violentas. Yo creo que eso ayudaría a los musulmanes a que sean mejor comprendidos.
COMMENT:
¿Es posible que
los musulmanes sean más "cristianos" en comportamiento que la moderna
administración de la denominación ASD? . Los muchos asuntos controvertidos de
la religión no pueden remediarse a través del "fuerte brazo del gobierno
civil." Los pioneros Adventistas entendieron que la persuasión era el
método de Cristo y que la coacción es la obra de Satanás. Ellen White escribió:
"La fuerza es el último recurso de toda falsa religión ." {ST,
06 de mayo 1897 par. 16}
COMMENT: Esta
declaración del Espíritu de Profecía está siendo mal aplicado por el Sr.
Schoun. Elena de White, en el pasaje citado, esta argumentando en favor de la
aceptación del nombre "Adventista del Séptimo día" en lugar del uso
del término "Iglesia de Dios", "que no coloca al frente los
verdaderos rasgos de nuestra fe" . Cuando toda esta sección es tomada en
su contexto, el argumento de Elena de White favorece la actual posición de los
Adventistas del Séptimo Día de la Creación en cuanto a la adopción de un
nombre.
"Estas personas no tenían amor por la unión y armonía de acción. Se deleitaban en el desorden. La confusión, la distracción y la diversidad de opiniones fueron su elección. Eran ingobernables, indómitos, no regenerados ni consagrados, y este elemento de confusión concordaba con sus mentes indisciplinadas. Ellos eran una maldición para la causa de Dios y trajo al nombre de los Adventistas del Séptimo día en el descrédito."
COMMENT:
¿Estaba
Elena de White sugiriendo que aquellos que "eran una maldición para la
causa de Dios y [quienes] llevaron el nombre de Adventistas del Séptimo día al
descrédito" debían ser demandados
en los tribunales terrenales y sancionados con multas y penas de cárcel? No,
nunca lo hizo!
¿Está el señor Schoun sugiriendo que los Adventistas del 7mo Día de la
Creación son de esta clase? ¿Dónde está su evidencia? En Guys, Tennessee, la
Iglesia CSDA es estimada positivamente por la comunidad. En África oriental,
donde se encuentran nuestros servicios humanitarios gratuitos, estos han
florecido. Los Adventistas del 7mo Día de la Creación son apreciados por la
comunidad, incluyendo los miembros de la iglesia ASD de la región. Los
funcionarios del gobierno altamente aprecian nuestra presencia y servicios. En el
registro legal de seis años de litigio, no hay indicios de acciones mal hechas
por los Adventistas del 7mo día de la Creación -- aparte de poseer un nombre
que es "potencialmente confusamente similar" al nombre comercial de los
demandantes y que se niegan a abandonar
el uso del nombre que les fue divinamente ordenado, "Adventistas del 7mo
Día de la Creación"
¿Porque Somos Cuidadosos?
¿Por qué un grupo de personas que no son miembros de la Iglesia Adventista del Séptimo Día trata de usar el nombre? Quizás buscan ganar algo de credibilidad, o tal vez piensan que debido a que se
comparten ciertas creencias deberían
poder ser capaces de utilizar el nombre. ¡Pero ellos no son Adventistas del Séptimo día! Ellos creen y/o practican
cosas que los Adventistas del Séptimo día no están de acuerdo o no apoyan. Si
ellos creyeran y practicaran todo lo que los Adventistas del Séptimo día creen
y practican, ellos podrían llegar a ser miembros y tener el privilegio de usar
ese nombre. Pero el tener a más de una
organización utilizar el mismo nombre sólo crea confusión. Nuestra identidad y buena
reputación están en peligro cuando no protegemos nuestro nombre.
COMMENT: Al leer palabras como "quizás" y "tal
vez" en los esfuerzos del autor por controlar los daños, me llevan a
cuestionar sus motivos. El autor trata de poner a los Adventistas del 7mo Día de la Creación en la peor luz
posible sin citar ejemplos, pruebas o evidencias. Esta forma no es ni justa ni
Cristiana.
De hecho, no hemos pretendido ser
"Adventistas del Séptimo día" como el término se aplicaría a los
miembros de la Iglesia Adventista del Séptimo día. La Corte ha sostenido este
hecho, y es una crónica en el registro legal. En cuanto a
"confusión", los demandantes no fueron capaces de proveer un solo
ejemplo de confusión entre las dos denominaciones en el transcurso de unos 20
años.
De hecho, el que existan más de una
organización con nombres similares tiene sentido para cualquiera que ama y
defiende "la libertad de conciencia." Aquellos que consideran a Elena
de White y a los pioneros Adventistas con alto aprecio necesitan un lugar de adoración, libre de los errores doctrinales
que se han perpetuado y penetrado en la moderna organización ASD. Aunque los
Adventistas del 7mo día de la Creación no se hubieran separado de la
denominación ASD por el error doctrinal de la Trinidad, ha sido admitido por
los líderes de la denominación que la mayoría de los pioneros y padres
fundadores ASD no estarían calificados para unirse a la presente Iglesia
Adventista del Séptimo día.
Lo siguiente del Dr. George Knight
sirve para ilustrar mi punto:
Muchos de nuestros fundadores Adventistas del
Séptimo Día no podrían unirse a la Iglesia hoy si tuviesen que subscribirse a
las Creencias Fundamentales de la denominación.
Más específicamente, muchos no podrían acordar con
la creencia número 2, que tiene que ver con la doctrina de la Trinidad. Para
Joseph Bates, la Trinidad no era una doctrina de las Escrituras; para James
White, era esa vieja absurdez trinitaria; y para M. E. Cornell era el fruto de
la gran apostasía junto con las doctrinas de la observancia del domingo y la
inmortalidad del alma.
Y de igual forma, muchos de los fundadores
Adventistas del Séptimo día tendrían problemas con la creencia número 4, que
sostiene que Jesús es tanto eterno como verdaderamente Dios. Para J. N.
Andrews, el Hijo de Dios ...tenía a Dios como su Padre y que en algún tiempo en
la eternidad de los días del pasado tuvo principio; y E. J. Waggoner de
Minneapolis, de la fama de 1888, escribió en 1890 que hubo un tiempo cuando
Cristo procedió de Dios, pero que ese tiempo fue tan lejos en los días de la
eternidad que para la comprensión finita es prácticamente sin principio.
Ni
tampoco muchos de los líderes Adventistas podrían aceptar la creencia fundamental
número 5, que implica la personalidad del Espíritu Santo. Uriah Smith, por
ejemplo, no solamente era no trinitario y semi-arriano,
como muchos de sus colegas, sino que también ,como ellos, veía al Espíritu
Santo como esa divina, misteriosa emanación de ellos [el Padre y
el
Hijo], para llevar a cabo su gran infinita obra. En otra ocasión, Smith considero al Espíritu Santo como una
"influencia divina" y no una "persona como el Padre y el Hijo.' ” (George Knight, Ministry; Oct, 1993,
p. 10)
Tiene mucho sentido tener una Iglesia
Adventista del Séptimo día de Trinitarios y una Iglesia Adventista del Séptimo Día de la
Creación de principalmente no-trinitarios. ¿Qué puede haber de confuso al
respecto?
De hecho, en nuestra sociedad nuestra iglesia puede llegar a ser legalmente responsable por las acciones de un grupo que tenga el mismo nombre. Aunque finalmente podríamos ser exonerados, requerirá de algún tiempo y procesos legales estarán involucrados para hacerse la distinción.
COMMENT: Si estricta honestidad e integridad fuese mantenida por el autor, este
párrafo sería innecesario. Como lo revela el registro legal, nuestro conflicto
entre los demandantes de la Iglesia Adventista del Séptimo día y la Iglesia
Adventista del Séptimo Día de la Creación no es un conflicto que pueda
convertirse en un caso de "responsabilidad legal." No ha habido
ningún caso de suplantación o del uso del "mismo nombre" por los
Adventistas del 7mo día de la Creación.
Además, si nosotros no registráramos
nuestro nombre y logo, alguien más podría hacerlo, lo que significa que ya no
podríamos usar nuestro propio nombre porque otros habrían obtenido los derechos
exclusivos al mismo.
COMMENT: Este punto pudo llegar a ser una razón legítima por la que se
registro el nombre legal de una corporación, actuando como una poseedora de
bienes raíces en nuestra sociedad actual. Sin embargo, la registración por si
sola hubiera reconocido los derechos adecuados en cuanto al nombre corporativo sin
la necesidad de emplearse "el fuerte brazo del poder civil" para
proteger dicho nombre en aplicaciones estrictamente religiosas. En realidad, es
la prerrogativa de Dios el proteger Su nombre en asuntos religiosos. El término
"Cristiano" ha sido diversamente enturbiado y tergiversado en la historia,
pero Dios no intervino excepto cuando levanto otras personas que representarían
correctamente Su causa y trajesen gloria a Su nombre.
Nuestro nombre significa algo. Es una parte importante de nuestro testimonio al mundo. Protegemos nuestro nombre porque lo valoramos. Se trata de un activo importante de nuestra iglesia.
COMMENT: El nombre "Adventista del Séptimo Día" nunca será un
"testimonio Cristiano al mundo" mientras la denominación emplea "el
fuerte brazo del gobierno civil" para proteger una "imagen corporativa" y una "marca
comercial" a través de leyes seculares de marcas comerciales. El único
verdadero "activo" de la iglesia es el carácter de Cristo, que es
portado en vidas de amor y de implícita obediencia a la voluntad de Dios. "No
es la verdadera iglesia de Dios la que hace guerra contra los que guardan los
mandamientos de Dios y tienen el testimonio de Jesucristo. Es el pueblo que
hace invalida la ley, quien se coloca a sí mismo al lado del dragón, y
perseguir aquellos que reivindican los preceptos de Dios. "{ST, 22 de
abril 1889 par. 7}
___________
1 http://redlands.patch.com/articles/detention-hearing-in-riverside-for-tennessee-pastor-arrested-in-loma-linda.
1 http://redlands.patch.com/articles/detention-hearing-in-riverside-for-tennessee-pastor-arrested-in-loma-linda.
See also www.pastorwalterchickmcgilllawsuit.net/index3.html.
2 http://indiatrademarks.blogspot.com/2011/11/why-trademark-your-business-name.html.
3 Ellen G. White, Testimonies for the Church (Mountain View, Calif.: Pacific Press Pub. Assn., 1948), vol. 1, p. 224.
4 Ibid., vol. 8, p. 155.
5 Ellen G. White, Selected Messages (Washington, D.C.: Review and Herald Pub. Assn., 1958, 1980), book 3, p. 378.
6 Testimonies for the Church, vol. 1, p. 224.
7 Ibid., vol. 2, pp. 553, 554.
2 http://indiatrademarks.blogspot.com/2011/11/why-trademark-your-business-name.html.
3 Ellen G. White, Testimonies for the Church (Mountain View, Calif.: Pacific Press Pub. Assn., 1948), vol. 1, p. 224.
4 Ibid., vol. 8, p. 155.
5 Ellen G. White, Selected Messages (Washington, D.C.: Review and Herald Pub. Assn., 1958, 1980), book 3, p. 378.
6 Testimonies for the Church, vol. 1, p. 224.
7 Ibid., vol. 2, pp. 553, 554.
jueves, 30 de mayo de 2013
¿Que es Libertad de Conciencia?
En Brasil, celebración de la libertad religiosa destaca la coexistencia pacífica
Ted N. C. Wilson, presidente de la Iglesia Adventista mundial, expresó: “La libertad religiosa es un don de Dios que deberíamos atesorar”. (Adventist News Network)
¿Defiende la Iglesia Adventista del Septimo dia, como cuerpo corporativo, el principio y derecho basico de Libertad de Conciencia para todos o solo para si mismos?
¿Que es la Libertad de Conciencia?
CARTA ABIERTA A TED. WILSON
Traducción de la Petición al español
¿COMO FIRMAR ONLINE?
1. Haz click en "www.LibertyPetition.com"
2. Una vez dentro, haz click en "SIGN NOW" (boton azul y blanco)
3. Introducir tu informacion personal (como esta abajo en el pantallazo)
4. Hacer click en "Outside U.S" sino vives en Estados Unidos, para escribir tu direccion.
5 Haz click en "SIGN" (boton rojo) para FIRMAR y listo.
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