domingo, 29 de junio de 2014

¿PROBARA UNA LEY DOMINICAL AL PUEBLO ADVENTISTA DE LOS EE.UU?

Actualmente parece haber movimientos dominicales en el mundo, a nivel internacional, pero muchos Adventistas parecen olvidar que la Imagen de la Bestia se formaria primero en Estados Unidos, antes del cierre de la gracia, cuya marca de autoridad tambien se enforzaria primero en los Estados Unidos, para despues implementarse a nivel internacional. 

La Imagen de la Bestia tambien es el agente mas activo de Apocalipsis Cap 13 (en comparacion a la Bestia) que engana terriblemente a todos. 

La Marca de la Imagen tiene tres caracteristicas principales, que los Adventistas parecen olvidar:

1) Seria hecha por petición de una Iglesia que una vez fue fiel pero que ha apostatado [Great Controversy, p. 443-444]

2) Seria formada en conjunto con el gobierno de los E.U, y desde ESE país se explayaría a otros países del mundo para convertirse en un evento global. [Christian Service, page 160]

3) Esa ley constituiría una gran prueba para los guardadores de los mandamientos, particularmente el cuarto mandamiento que trata con el Sabbath. [Last Day Events, page 225]

Lo que muchos Adventistas desconocen es que la Iglesia Adventista del Septimo dia de EE.UU fue uno de los varios grupos religiosos que apoyo activamente en 1993 la aprobacion de la legislacion federal RFRA. Es decir, el Acta de Restauracion de Libertad Religiosa.

Esto se debe al hecho de que los Adventistas del Septimo dia de la Iglesia Official han estado activamente y exitosamente oponiendose a cualquier amenaza legislativa dominical en los Estados Unidos por bastante tiempo y actualmente en otras partes del mundo donde residen. Click aqui para ver ejemplo
  
En que consiste el Edicto de Restauracion de Libertad Religiosa de 1993?

Esta ley RFRA de 1993 es una ley federal de los Estados Unidos destinada a impedir la creacion y el uso de legislaciones gubernamentales que sustancialmente agobien el libre ejercicio de la religion de una persona. 

El edicto declara que "el gobierno no agobiara sustancialmente el libre ejercicio de la religion de un individuo, aunque el abogio resulte de la aplicabilidad general de una norma." Aunque una ley sea considerada "neutral" con respecto al campo religioso, puede por su aplicacion entrar en conflicto con los deberes u observancias  religiosas de ciertos grupos e individuos. 

Por lo tanto, los Adventistas del Septimo dia, como ciudadanos y trabajadores Americanos, estan ahora protejidos por la ley federal RFRA, con respecto a la adoracion Sabatica pues le impide al gobierno de los Estados Unidos el hacer exigencias a los trabajadores Adventistas de trabajar en dia Sabado, si estos Adventistas recurren a la ley RFRA como proteccion. 

La legislacion RFRA, y por lo tanto, la Clausula Constitucional de Libre Exercicio parece proteger mas los deberes religiosos de los miembros ASD "oficiales" del entrometimiento gubernamental en asuntos de conciencia, que entre casos civiles entre particulares. 

Pues hoy, la ley federal de Restauracion de Libertad Religiosa en EE.UU no puede utilizarse en demandas entre particulares, en las que el gobierno no es el iniciador de las demandas ni la parte demandada. 

Para mas informacion sobre el RFRA en asuntos de fe Adventista, le interesara conocer el siguiente blog:  What is the RFRA? Why should Adventist and US Citizens Care? 

ESTUVO ELENA WHITE EQUIVOCADA CON RESPECTO A LA IMAGEN DE LA BESTIA? 

No.  Los principios que ella menciono para ayudarnos a identificar la Imagen de la Bestia son inmutables, pero el dizfraz si ha cambiado debido a la naturaleza condicional que existen en las promesas Divinas, cuando estas dependen directamente de las acciones humanas que  individuos, iglesias y pueblos deciden tomar. 

Para mas informacion sobre la Imagen de la Bestia, y los principios que la Biblia y el Espiritu de Profecia especifican sobre ella y su marca, leed los siguientes estudios con oracion, mente abierta  y actitud humilde.





Para mas informacion sobre el Dilema de la Ley Dominical haz click AQUI


sábado, 28 de junio de 2014

LA LEY RFRA EN POCAS PALABRAS

La ley RFRA no da "luz verde" para hacer caso omiso a la ley debido a razones religiosas; más bien, establece el principio de protejer tanto como sea posible la conciencia o deberes religiosos de un individuo. Por lo tanto, se le requiere a las cortes el considerar tres factores a la hora de resolver disputas legales :

1) Si se tiene una creencia religiosa sincera
2) Si existe un interés gubernamental apremiante en predominar sobre esa creencia.
3) Si se están utilizando los medios menos restrictivo para cumplir con ese interés.

Sin embargo, esta ley no se puede aplicar consistentemente en casos o demandas iniciadas por particulares, sean individuos o corporaciones contra otros particulares. Solo defienden a los ciudadanos del entrometimiento del gobierno en asuntos de conciencia o creencias religiosas, pero no de parte privadas, como individuos u corporaciones.